MXiniciativa · Asunto SIL 5116697
Que adiciona una fracción XI al artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil.
✓Introduced
Committee
3Floor vote
4Signed
Official status:Pendiente en comisión(es) de origen EL 19-AGO-2026!
What this proposal changes
- LEY de Aviación CivilArticles named: 47 Bis
Laws named in the proposal's official title.
- Introduced
- 8/19/2026
- Chamber
- Cámara de Diputados
- Official source
- SIL Numeralia / SITL / ATP
- Last verified
- Oct 8, 2026
The registry's own summary
What it does
La iniciativa tiene por objeto establecer que la persona pasajera tiene derecho a la devolución del importe de la tarifa de uso de aeropuerto que se cobra al adquirir un boleto, cuando no haga uso del vuelo y, en consecuencia, de los servicios aeroportuarios. Destaca de la propuesta que: 1) el pago del boleto se hubiere realizado mediante tarjeta bancaria, transferencia electrónica o cualquier otro medio de pago electrónico, la devolución deberá efectuarse de manera automática e inmediata al mismo medio de pago, sin necesidad de solicitud o trámite adicional por parte de la persona pasajera; y 2) el pago se hubiere realizado en efectivo, el importe deberá quedar de manera inmediata a disposición de la persona pasajera en el módulo de atención para su entrega cuando ésta lo solicite.
Official SIL tracking
Legislative history
Events and statuses reported by SIL. The record may be incomplete when the official source has not published a step.
Who proposed it
- Dip. Rubén Ignacio Moreira ValdezLead proponent
Where it was sent
- Comunicaciones y TransportesReferred
These records span the legislative lifecycle. Each badge shows the record's current official state; the resulting law is linked only when the official source identifies it.