MXiniciativa · Asunto SIL 4790036
Que adiciona los artículos 72 y 73 de la Ley General de Educación y 74 de la Ley General de Salud.
✓Introduced
Committee
3Floor vote
4Signed
Official status:Pendiente en comisión(es) de origen EL 23-OCT-2024!
What this proposal changes
- LEY General de EducaciónArticles named: 72, 73
- LEY General de Salud
Laws named in the proposal's official title.
Changed since this proposal was filed
- Art. 73 of the LEY General de Educación was reformed on 1/15/2026 (DOF 15-01-2026), after this proposal was filed.
- The LEY General de Salud was amended after this proposal was filed (latest: 1/15/2026, DOF 15-01-2026).
The text this proposal was drafted against has since changed. Check whether it still proposes something new; this is not a finding that it is moot.
- Introduced
- 10/23/2024
- Published in the gazette
- 10/16/2024
- Chamber
- Cámara de Diputados
- Official source
- SIL Numeralia / SITL / ATP
- Last verified
- Oct 8, 2026
The registry's own summary
What it does
Considerar a la salud física y mental de los educandos como una prioridad nacional, garantizando que los estudiantes desarrollen su potencial de manera integral. Establecer que, los docentes y el personal que labora en los planteles de educación deberán promover el bienestar psicológico de las y los alumnos, la detección de señales de alerta, así como proveer apoyo a las y los alumnos que se enfrenten a condiciones que puedan afectar su desarrollo psicológico y emocional. Añadir que los educandos tendrán derecho a ausentarse hasta cinco días por ciclo escolar para atender temas relacionados con su salud mental. Señalar que la salud mental será considerada como un servicio básico de salud. Bajo el liderazgo del director, cada plantel educativo desarrollará un Plan de Salud Mental Escolar considerando el contexto local y cultural en el que se sitúa, además de la problemática de salud mental que presenten sus estudiantes. Apoyar a las y los estudiantes que presentan problemas de salud mental mediante el desarrollo de un plan individual de intervención y seguimiento que atienda a sus necesidades educativas especiales, en coordinación con los profesionales de la salud, tratante y familia del estudiante. Establecer que, el Estado garantizará que el acceso y continuidad de la atención de salud mental y adicciones sea universal, igualitaria, equitativa y gratuita para niñas, niños y adolescentes, sin importar la situación de derechohabiencia de sus padres o tutores.
Official SIL tracking
Legislative history
Events and statuses reported by SIL. The record may be incomplete when the official source has not published a step.
Who proposed it
- Dip. Eruviel Ávila VillegasLead proponent
Where it was sent
These records span the legislative lifecycle. Each badge shows the record's current official state; the resulting law is linked only when the official source identifies it.